Bases del Concurso: “RECICLA TU ACEITE Y ASÍ CUIDAS EL MEDIO AMBIENTE,”

La Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, formada por los municipios de La Campana, Cañada Rosal, Écija, Fuentes de Andalucía y La Luisiana, con CIF: P9103904J y cuya sede central se encuentra en la calle Camino del Físico, s/n (Edificio Sedesa), de Écija (Sevilla), organiza el Concurso “Recicla tu aceite y así cuidas el medio ambiente,”.

Una actividad dirigida a concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de la participación de todas las personas e instituciones en la prevención (reducir la producción) y en la correcta gestión de los residuos mediante el reciclaje, en este caso, del aceite de cocina usado.

El Concurso se llevará a cabo en todos los Centros educativos de primaria y de secundaria de los cinco municipios de la Mancomunidad que quieran participar en el mismo.

BASES REGULADORAS:

1.- Objeto:

El objeto de este concurso es fomentar la participación de personas e instituciones de la comarca de Écija en la recogida separada de residuos de aceite de cocina usados para su correcta gestión y tratamiento, a través del Servicio público de gestión de estos residuos del que esta Mancomunidad es titular por delegación expresa de los cinco municipios mancomunados de la comarca de Écija.

Aportar al alumnado y al profesorado de los Centros educativos de primaria y secundaria de la comarca de Écija información, mediante talleres en el aula, sobre la necesidad urgente de la prevención y los beneficios de la correcta gestión de los residuos domésticos.

Facilitar la participación del alumnado y sus familias y del personal de los Centros educativos con el suministro a los Centros participantes de un contenedor (o dos, en caso necesario) adecuado para el almacenamiento provisional del aceite de cocina usado recogido y el servicio de recogida quincenal, o a demanda en caso de llenarse antes.

El reto de los Centros educativos será motivar e incentivar la participación del alumnado, siendo el centro destacado aquel que más participación alcance.

2.- Participantes:

En este concurso podrá participar el alumnado de educación primaria y secundaria (ESO y Bachillerato) y el personal de los Centros educativos públicos y privados participantes.

También se considera participante a los Centros educativos públicos y privados con objeto de fomentar la implicación del conjunto de la comunidad educativa.

Los participantes que no cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases no entrarán en concurso o serán excluidos del mismo.

3.- Registro y Plazo de Participación:

El plazo para la entrega de aceite usado será del 1 de mayo al 15 de junio de 2025.

El Centro educativo deberá llevar un registro del alumnado participante, contabilizando los litros de aceite de cocina usados aportados por el/la alumno/a y los números de papeleta entregados, con objeto de poder determinar el/la alumno/a ganador/a del sorteo en cada municipio.

4.- Jurado:

El jurado estará formado por 1 representante de la Mancomunidad y 1 representante de la empresa concesionaria del Servicio, Ecilimp.

5.- Puntuación para selección:

  • Para el premio comarcal de centros educativos:

Se contabilizará el número de contenedores llenos recogidos por la empresa concesionaria del Servicio, Ecilimp, en cada centro.

Para ser equitativos se calculará el ratio de litros de aceite por alumno/a matriculado para determinar el Centro ganador, otorgándose el Premio al Centro que consiga recoger más litros de aceite de cocina usado por alumno/a matriculado entre los días 1 de mayo y 15 de junio de 2025.

  • Para el sorteo local del alumnado:

A cada alumno/a que entregue aceite de cocina usado en su Centro educativo, entre los días 1 de mayo y 15 de junio de 2025, se le dará una papeleta por litro entregado.

El Centro educativo deberá llevar un registro con identificación del/ de la alumno/a, la cantidad de aceite de cocina usado, en litros, aportados y los números de papeleta que le han sido entregados.

Una vez finalizado el periodo de entrega de aceite de cocina usado, se realizará un sorteo por municipio, eligiéndose un número al azar de entre los repartidos en dicho municipio.

El o la alumna a la que se haya entregado la papeleta con el número ganador será beneficiaria del Premio consistente en un día de actividades en la naturaleza para 5 personas.

También se hará entrega de un Premio comarcal al alumno o alumna con mayor participación (cantidad de litros de aceite de cocina usado aportados) en la Campaña, de la misma categoría que el Premio local, consistente en un día de actividades en la naturaleza para 5 personas.

6.- Control y Seguimiento:

El control y seguimiento de la participación de la población se realizará por la empresa encargada de la ejecución de la Campaña, durante el período de duración del concurso, comprendido entre el 1 de mayo y el 15 de junio del 2025.

7.- La entrega de premios:

Se realizará en un acto público en la segunda quincena de junio. Pendiente de determinar con los Centros y entidades locales.

8.- Los premios:

El Premio del Concurso de Centros educativos tendrá un valor de 1.000 € que el Centro educativo ganador deberá invertir en la adquisición de material o desarrollo de actuaciones, a propuesta del Centro y con el visto bueno de la Mancomunidad, con los siguientes criterios:

  • adquisición de material o equipamiento destinados al reciclaje o a la mejora de las condiciones ambientales del Centro o
  • realización de un proyecto ambiental para la mejora de las condiciones ambientales del Centro o de su entorno.

Los premios serán entregados por un representante de la Mancomunidad.

La entrega del premio para el Centro educativo se realizará en base a la adquisición de los materiales (que deberán ser ecológicos, sostenibles o reciclados) o ejecución de la actuación elegida y la conveniente justificación del gasto soportado que el Centro traslade a la secretaría técnica de la Campaña previamente.

Los premios en ningún momento se entregarán en metálico ni podrán ser sustituidos por otros premios del mismo o distinto importe.

El plazo de solicitud y entrega del objeto del premio será de dos (2) meses como máximo desde la fecha de comunicación de otorgamiento del premio.

El Premio local consistente en una estancia de un día de actividades en un Centro de la naturaleza al que podrán asistir 5 (incluyendo a la persona premiada) miembros de la unidad familiar o amigos/as elegidos por el premiado.

Producida la entrega de los premios en los términos indicados, se entienden cumplidas por la Mancomunidad las obligaciones asumidas en virtud de esta promoción, renunciando el premiado a cualquier reclamación posterior.

9.- Otorgamiento del Premio.

• El premio o el derecho a la obtención del mismo es intransferible.

• La Mancomunidad no será responsable de los servicios que terceras empresas deban prestar con motivo del premio de la presente promoción.

• El período de reclamaciones finaliza 15 días naturales transcurridos desde la fecha de finalización de la promoción.

• Queda prohibida la comercialización y/o venta del premio o del derecho a su obtención.

• La renuncia al premio no dará ningún derecho a indemnización o compensación.

• Todos los impuestos y tasas relacionados con el premio de esta promoción o aquellos gastos adicionales motivados por demora o negligencia por parte del ganador, serán de cuenta de éste, salvo que de otra forma, se hubiera establecido expresamente en las presentes bases. Serán de cuenta de la entidad premiada todos los gastos referentes a mejoras y extras que no correspondan con el premio detallado en las presentes bases.

10.- Justificación del Premio.

La entrega del material o el desarrollo de las actuaciones de los Premios será realizada por parte de la empresa concesionaria del Servicio, Ecilimp, S.A. En la memoria justificativa de la Campaña se presentarán la documentación  y las facturas justificativas de las compras realizadas para que quede constancia de los materiales o servicios entregados.

11.- RESERVA DE DERECHOS.

La Mancomunidad de Écija se reserva el derecho de dar de baja a aquellos usuarios que estén haciendo un mal uso de la promoción, realicen actos fraudulentos o que perjudiquen a otros participantes. En caso de que la Mancomunidad de Écija o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a esta promoción detecten cualquier anomalía o existan motivos fundados de que se esté impidiendo el normal desarrollo de la promoción, o llevando a cabo cualesquiera acto fraudulento que contravengan la transparencia de la promoción, la Mancomunidad se reserva el derecho de dar de baja e incluso de retirar el premio al mismo, así como a todos aquéllos participantes que se hayan beneficiado de forma directa o indirecta de este tipo de actuaciones fraudulentas, pudiendo además ejercer todas las acciones civiles o penales que pudieran corresponder.

La Mancomunidad de Écija se reserva el derecho a no conceder un premio en el caso de que se tengan motivos razonables y fundados para creer que un participante ha infringido cualquiera de esos términos y condiciones. Además, se reserva el derecho de realizar modificaciones, ampliar, cancelar la promoción o añadir anexos sucesivos sobre la mecánica y premios de la presente promoción siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, y se comuniquen a éstos debidamente.

En caso de que esta promoción no pudiera realizarse, bien por fraudes detectados, errores técnicos, o cualquier otro motivo de fuerza mayor que no esté bajo el control de la Mancomunidad, y que afecte al normal desarrollo de la misma, la Mancomunidad se reserva el derecho a cancelar, modificar, o suspenderla, sin que los participantes puedan exigir responsabilidad alguna al promotor.

Asimismo, el Promotor se reserva el derecho a modificar las presentes bases legales, en caso de ser necesario.

12.- POLÍTICA DE PRIVACIDAD.

Las partes se comprometen a cumplir adecuadamente y en todo momento las disposiciones contenidas en el nuevo Reglamento UE 2016/679 DE 27 DE ABRIL DE 2016 (aplicable a partir del 25 de mayo de 2018), de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD y en otras normas vigentes o que en el futuro puedan promulgarse sobre dicha materia, comprometiéndose a dejar indemne a la otra parte de cualquiera responsabilidad que se pudiera declarar como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones que en materia de protección de datos de carácter personal les atañen a cada una de las partes.

Conforme a esta legislación todos los datos recopilados pasarán a formar parte de un fichero automatizado titularidad de la Mancomunidad de Écija, con la finalidad de gestionar la participación en esta promoción, enviarle avisos electrónicos informativos relacionados con la misma, así como remitirle información comercial por correo electrónico de sus productos y servicios.

La Mancomunidad de Écija declara que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas de protección de datos establecidas en la reglamentación aplicable.

En particular, si para el correcto desarrollo de este concurso, las partes se facilitaran o dieran acceso a la otra, a datos de carácter personal, este acceso será realizado en todo momento de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos, en función del cual se determina que la parte que, en su caso, tuviera acceso a dichos datos asumiría las siguientes obligaciones:

•No aplicar o utilizar los datos personales para fines distintos a los que figuren en las presentes Bases, ni cederlos ni siquiera para su conservación a otras personas.

•Guardar secreto profesional respecto de los mismos, aun después de finalizar la colaboración delimitada por el presente convenio.

•Cumplir en todo momento con las prescripciones establecidas por la legislación vigente en materia de protección de datos y trasladar las obligaciones citadas en los párrafos anteriores al personal que colabore e intervenga en el desarrollo de las acciones que se deriven del cumplimiento del presente convenio.

Cuando para la ejecución de estas bases sea necesario, la Mancomunidad recabará y gestionará los datos de carácter personal de forma segura y confidencial de conformidad con la normativa. Se informará previamente a la persona titular de los datos sobre las finalidades para las que se recaben y van a ser tratados sus datos de carácter personal.    

La Mancomunidad no destinará, aplicará o utilizará los datos a los que tengan acceso con fin distinto al expresamente indicado o de cualquier otra forma que suponga un incumplimiento de las instrucciones expresas.

No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los ficheros o datos en ellos contenidos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero, salvo la correspondiente autorización a la subcontratación en caso de ser necesario. Sólo podrá permitir el acceso a los datos a aquellos empleados que tengan la necesidad de conocerlos para la prestación de los servicios contratados.

Las partes están obligadas al secreto profesional respecto de cualquiera de los datos de carácter personal a que tengan acceso. Esta obligación subsistirá aun concluida la relación entre ambas partes, tratándose pues de una obligación indefinida.

Los datos de carácter personal facilitados por usted para participar en la presente promoción deberán ser veraces y exactos.

Estos datos formarán parte de la base de datos de la Mancomunidad de Écija por el tiempo que dure esta promoción y hasta un año más una vez finalizada la promoción.

Los participantes en la promoción eximen a la Mancomunidad y a sus colaboradores de cualquier responsabilidad de cualquier otra transgresión de la legislación vigente.

13.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y FUERO.

Para participar en la promoción es imprescindible la aceptación de estas bases. El participante que resulte ganador de la presente promoción, autoriza expresamente a la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija a utilizar, reproducir y comunicar públicamente, con fines publicitarios y promocionales, el nombre y fotografía de los centros participantes.  

Para cualquier problema que pudiera derivarse de la presente promoción, tanto los ganadores como el resto de los participantes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Sevilla, haciendo renuncia expresa de cualquier otro que les pudiera corresponder.

Descargar las bases del concurso

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