Gestión de Residuos en la situación de crisis sanitaria

A continuación, os dejamos resumen de la Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Primero. Objeto.

Esta orden establece las instrucciones sobre gestión de residuos procedentes de domicilios, así como de los residuos procedentes de hospitales, ambulancias, centros de salud, laboratorios, y establecimientos similares en contacto con COVID-19, durante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Asimismo, recoge en su anexo las recomendaciones destinadas al manejo domiciliario de los residuos en hogares con positivos o en cuarentena por COVID-19, así como al manejo domiciliario de los residuos en hogares sin positivos o cuarentena.

Segundo. Instrucciones de gestión de residuos.

Los residuos procedentes de hogares, hospitales, ambulancias, centros de salud, laboratorios, y establecimientos similares en contacto con COVID-19, se gestionarán conforme a lo que se señala en las siguientes instrucciones:

1. En hogares con positivo o en cuarentena por COVID-19, las bolsas de fracción resto generadas, adecuadamente cerradas siguiendo las recomendaciones del apartado 1 del anexo, se depositarán exclusivamente en el contenedor de fracción resto o en cualquier otro sistema de recogida de fracción resto establecido en la entidad local.

Queda terminantemente prohibido depositar tales bolsas en los contenedores de recogida separada (orgánica, envases, papel, vidrio o textil) o su abandono en el entorno o en la vía pública.

2. La gestión de los residuos procedentes de hogares sin positivo o en cuarentena por COVID-19, continuará realizándose del modo habitual conforme a la normativa ordinaria de gestión de residuos, teniendo en cuenta las recomendaciones del apartado 2 del anexo.

4. La gestión de la fracción resto recogida conforme al apartado segundo.1 se realizará de la siguiente manera:

a) Respecto de la fracción resto recogida:

1.º No se procederá en ningún caso a la apertura manual de las bolsas de fracción resto en instalaciones de recogida ni de tratamiento.

2.º Se destinarán a incineración, preferiblemente, o a vertedero.

b) La recuperación de materiales solo se realizará de forma automática; para extremar la seguridad, las autoridades competentes podrán acordar que los materiales queden almacenados durante al menos setenta y dos horas.

Los residuos en contacto con COVID-19 como guantes, mascarillas, batas, etc., se considerarán como residuos infecciosos y se gestionarán como tales, según lo dispuesto para los mismos en la regulación autonómica sobre residuos sanitarios.

En caso de que fuera necesario, las instalaciones industriales de fabricación de cemento autorizadas para coincinerar residuos deberán proceder a la incineración de estos residuos a requerimiento de las autoridades competentes.

Tercero. Suministro de EPIs asociados a la gestión de los residuos de competencia municipal y los regulados en el apartado segundo.5.

Al objeto de que puedan llevarse a cabo los servicios esenciales de recogida y tratamiento de los residuos de competencia municipal y los regulados en el apartado segundo.5, se garantizará el suministro de EPIs (especialmente ropa, guantes y mascarillas) para estos fines.

Cada comunidad autónoma designará la autoridad competente al que se dirigirán las entidades locales para solicitar los EPIs.

Madrid, 19 de marzo de 2020.–El Ministro de Sanidad, Salvador Illa Roca.

ANEXO
Recomendaciones destinadas al manejo domiciliario de los residuos en hogares con positivos o en cuarentena por COVID-19, así como al manejo domiciliario de los residuos en hogares sin positivos o cuarentena

1. El manejo domiciliario de los residuos en hogares con positivos o en cuarentena por COVID-19, se recomienda realizarlo conforme a lo siguiente:

Los residuos del paciente, incluido el material desechable utilizado por la persona enferma (guantes, pañuelos, mascarillas), se han de eliminar en una bolsa de plástico (bolsa 1) en un cubo de basura dispuesto en la habitación, preferiblemente con tapa y pedal de apertura, sin realizar ninguna separación para el reciclaje.

La bolsa de plástico (bolsa 1) debe cerrarse adecuadamente e introducirse en una segunda bolsa de basura (bolsa 2), al lado de la salida de la habitación, donde además se depositarán los guantes y mascarilla utilizados por el cuidador, y se cerrará adecuadamente antes de salir de la habitación.

La bolsa 2, con los residuos anteriores, se depositará con el resto de los residuos domésticos en la bolsa de basura (bolsa 3) correspondiente al cubo de fracción resto.

Inmediatamente después se realizará una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos.

La bolsa 3 cerrada adecuadamente se depositará exclusivamente en el contenedor de fracción resto (o en cualquier otro sistema de recogida de fracción resto establecido en la entidad local).

En poblaciones con sistemas de separación húmedo-seco o similar, la bolsa 2 se deberá depositar en la fracción que indique la entidad local.

2. El manejo domiciliario de los residuos en hogares sin positivos o cuarentena, se recomienda realizarlo del siguiente modo:

La separación de los residuos se realizará como viene haciéndose habitualmente, tratando de maximizar dicha separación al objeto de reducir la fracción resto generada. Las fracciones separadas solo se depositarán en los contenedores correspondientes.

Los guantes de látex o nitrilo empleados para otros usos no deben depositarse en el contenedor de envases ligeros (amarillo), sino en el de resto.

Fuente: BOE nº 79, de 22 de marzo de 2020.

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